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Algo más sobre la derogación del recurso de inaplicabilidad de la ley; el cese de los plenarios y su obligatoriedad. “Dura lex sed lex”.
Por Eduardo Sirkin
“… Ante la vigencia de la ley 26.853 con la creación de tres Cámaras Federales de Casación: a) Contencioso Administrativo Federal; b) del Trabajo y la Seguridad Social y c) Civil y Comercial, con sustitución de los arts. 288 al 301 y la derogación de los arts. 302 y 303 del CPCCN, se puso fin a los fallos plenarios correspondientes a una Cámara de Apelaciones y a la obligatoriedad consiguiente de sus fallos para los jueces que la integren y para los de primera instancia de los cuales esa cámara fuese tribunal de alzada.”
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Términos mencionados en esta doctrina: casación, contencioso, derogación, federales, tribunal, acordada, instalación, funcionamiento.